⚠️ AVISO IMPORTANTE PARA CONTRATISTAS DE VIÑAS Y FRUTALES

VENTA DE UVA O FRUTA “EN NEGRO” Y CÓMO PERJUDICA AL CONTRATISTA (LEY 23.154)

Muchos contratistas escuchan:

“Vendimos una parte en negro”
“Esa carga no se declaró”
“Después arreglamos”

Y creen que eso solo es un problema del patrón con la AFIP.

👉 NO ES ASÍ. También perjudica directamente al contratista.


🍇 ¿QUÉ ES UNA VENTA “EN NEGRO”?

Es cuando el productor:

Eso significa que esa producción “no existe” en los papeles.


⚖️ ¿POR QUÉ ESO AFECTA AL CONTRATISTA?

El contratista cobra un: ✔️ 15% – 19% de la producción (Ley 23.154, art. 16)

Pero si una parte de la producción no se declara:

👉 Resultado: el contratista cobra menos de lo que corresponde.


💣 EFECTOS REALES PARA EL CONTRATISTA

La venta en negro puede provocar:

📌 No es solo evasión fiscal.
📌 Es también pérdida de salario del contratista.


🚨 SEÑALES DE ALERTA


📜 RESPALDO LEGAL

Si no se declara la venta, no se puede liquidar correctamente.


🧠 ERROR MUY COMÚN

“Eso es problema del patrón con la AFIP”

❌ No.
👉 También es un problema del contratista porque reduce su parte de la producción.


📢 MENSAJE FINAL PARA CONTRATISTAS

👉 Si la producción no se declara, tu porcentaje baja.
👉 La venta en negro también es pérdida para el contratista.
👉 La ley te da derecho a participar de toda la producción real.
👉 Pedí siempre liquidación clara y completa.


ℹ️ Este contenido es informativo y no constituye asesoramiento legal. Ante situaciones concretas se recomienda consultar con la Subsecretaría de Trabajo de Mendoza, delegaciones del Ministerio de Trabajo, organismos de control o asesoramiento profesional para analizar cada caso particular.

Volver al Inicio